Reglamento de suministro y conexión de energía eléctrica

Le informamos que con relación a la nueva reunión mantenida por el Sr. Presidente de la C.A.P.H.P.B.A., Lic. Néstor Mucci y el Secretario de Actas Sr. Alberto Bracco, y Sr. Administrador Adolfo Soly con el Sr. Ricardo Orlando,  Responsable de Servicios al Cliente de EDEA, éste último manifestó que se deberá dar cumplimiento a lo normado en el Registro de Suministro y Conexión (Art. 2 Inc. 1 Acceso a los instrumentos de medición) y lo aprobado por Resolución 92/2008 de OCEBA, por lo que se establece como requisito que "en todos los casos las instalaciones de acometidas para recibir el suministro se emplazarán sobre la línea municipal o de forma que quede asegurado el acceso a las mismas desde la vía pública las 24 hs., sin necesidad de recurrir a terceros".

[gallery columns="2"]